“A partir del 1 de abril de 2019 se amplía el permiso de paternidad de 5 a 8 semanas”.
A partir de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2019, del 1 de marzo, tras el nacimiento, el otro progenitor contará con un período de suspensión total de 8 semanas.
Las 2 primeras semanas deberá disfrutarlas, de forma ininterrumpida, inmediatamente tras el parto.
Las 6 semanas restantes podrán ser de disfrute interrumpido, ya sea con posterioridad a las seis semanas inmediatas posteriores al descanso obligatorio de la madre o con posterioridad a la finalización de los permisos, siempre y cuando sea antes de los 12 meses desde la fecha del parto.
Además, la madre solo podrá ceder al otro progenitor un período de hasta 4 semanas de su período de suspensión no obligatorio.
Los beneficiarios serán los trabajadores por cuenta ajena o propia, incluidos los contratados para la formación y los contratados a tiempo parcial.
Siempre y cuando tengan un período mínimo de cotización de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio del permiso, o bien tener 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral.
1 de enero de 2020
Está previsto que a partir del 1 de enero de 2020, el permiso de paternidad se ampliará a 12 semanas, siendo las 4 semanas primeras ininterrumpidas obligatorias tras el parto.
Además, la madre solo podrá ceder al otro progenitor un período de hasta 2 semanas de su período de suspensión no obligatorio.
1 de enero de 2021
Y para finalizar, a partir del 1 de enero de 2021, está previsto que se amplíe el permiso de paternidad a 16 semanas.
Siendo las 6 primeras semanas ininterrumpidas obligatorias tras el parto, y la madre no podrá ceder al otro progenitor ningún período de su descanso.
Para más información pueden consultar en el siguiente link la publicación del 7 de marzo en el B.O.E.
Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
Para cualquier duda, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Estaremos encantados de ayudarle.
Laura López
Departamento Laboral de RINDEMAS.